Si tu empresa ofrece servicios digitales basados en inteligencia artificial (IA), como aplicaciones web por suscripción, es fundamental conocer cómo debes darte de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).
La Dirección General de Tributos (DGT) ha aclarado recientemente en su Consulta Vinculante V0979/2025 qué epígrafe IAE corresponde a este tipo de actividades tecnológicas. En este artículo te explicamos en qué consiste el Grupo 845 del IAE, por qué es el más adecuado para servicios con IA, y qué errores debes evitar al clasificar tu negocio digital.
Índice de contenidos
- ¿Qué es el Grupo 845 del IAE?
- ¿Qué actividades digitales entran dentro de este epígrafe?
- ¿Puedo usar un epígrafe genérico o profesional?
- ¿Qué pasa si mi empresa ofrece varios servicios digitales?
- ¿Cómo darse de alta correctamente en el IAE para apps con IA?
- ¿Existe un vacío normativo para actividades de inteligencia artificial?
¿Qué es el Grupo 845 del IAE?
El Grupo 845 de la Sección 1ª del IAE se denomina «Explotación electrónica por cuenta de terceros». Este epígrafe incluye actividades como:
- Análisis de procesos mediante tratamiento electrónico o mecánico de datos.
- Programación y procesamiento de información por encargo de terceros.
- Servicios relacionados con la generación, almacenamiento o tabulación de datos.
Este grupo es el más adecuado para empresas que ofrecen servicios digitales automatizados, como por ejemplo aplicaciones de IA que procesan información, generan contenidos o transforman datos en línea.
¿Qué actividades digitales entran dentro de este epígrafe?
Según la DGT, el modelo de negocio no exime del cumplimiento tributario. La clasificación depende de la naturaleza real del servicio, no del nombre comercial ni del canal de venta.
Ejemplos de actividades que deben encuadrarse en el Grupo 845 del IAE:
- Plataformas que generan contenidos automáticos (resúmenes, tests, análisis).
- Aplicaciones SaaS con procesamiento automatizado.
- Herramientas de IA que interpretan o transforman datos del usuario.
- Software que analiza textos o crea informes automáticamente.
¿Puedo usar un epígrafe genérico o profesional?
No. La DGT lo deja claro: las actividades digitales no deben registrarse en epígrafes genéricos ni en la Sección 2ª (actividades profesionales), ya que están claramente contempladas en la normativa existente.
La incorrecta clasificación IAE puede dar lugar a regularizaciones fiscales, recargos o sanciones por parte de la Agencia Tributaria.
¿Qué pasa si mi empresa ofrece varios servicios digitales?
Si una empresa presta servicios complementarios, como desarrollo a medida, formación, consultoría u otros tipos de software, puede ser necesario:
- Estar dado de alta en varios epígrafes del IAE.
- Evaluar cada línea de negocio de forma independiente.
Esto permite una clasificación precisa y evita posibles problemas futuros con Hacienda.
¿Cómo darse de alta correctamente en el IAE para apps con IA?
Para cumplir con la normativa y evitar sanciones, sigue estos pasos:
- Analiza tu actividad: ¿tu app procesa datos, genera contenido, automatiza tareas?
- Identifica el epígrafe correcto: en la mayoría de los casos será el Grupo 845.
- Revisa otras líneas de negocio: si realizas más servicios, añade los epígrafes necesarios.
- Haz el alta en el modelo 036/037 y tramítalo ante Hacienda o tu Ayuntamiento, según corresponda.
- Guarda copia y actualiza tu información si el modelo de negocio cambia.
¿Existe un vacío normativo para actividades de inteligencia artificial?
No. La DGT insiste en que la normativa del IAE ya contempla estas actividades. Aunque la tecnología evoluciona, el criterio legal permite encajar actividades de IA en marcos tributarios vigentes, como el epígrafe 845.
No se considera necesario crear epígrafes nuevos para IA: el grupo 845 se adapta por analogía al tipo de procesamiento electrónico que caracteriza a estos servicios.
Clasificar bien en el IAE es clave para servicios digitales con IA
Si tu empresa ofrece una aplicación con IA por suscripción u otro tipo de servicio digital automatizado, debes darte de alta en el epígrafe correcto del IAE. El Grupo 845 es el marco más adecuado según la DGT, y permite cumplir con Hacienda, evitar sanciones y ofrecer seguridad legal a clientes e inversores.
¿Tienes dudas sobre cómo aplicar este criterio en tu caso? Nuestros asesores fiscales pueden ayudarte a revisar tu situación.
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