En el BOE del día 11 de diciembre se ha aprobado el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2019, a efectos de cómputos de plazos.
Le informamos que puede consultar el calendario de días inhábiles para el 2019 de las distintas comunidades autónomas. Pueden ponerse en contacto con nosotros para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.
¡Atención! Son días inhábiles:
- En todo el territorio nacional: los sábados, los domingos y los días declarados como fiestas de ámbito nacional no sustituibles, o sobre las que la totalidad de las Comunidades Autónomas no ha ejercido la facultad de sustitución.
- En el ámbito territorial de las Comunidades Autónomas: aquellos días determinados por cada Comunidad Autónoma como festivos.
- En los ámbitos territoriales de las Entidades que integran la Administración Local: los días que establezcan las respectivas Comunidades Autónomas en sus correspondientes calendarios de días inhábiles.
CALENDARIO DE DÍAS INHÁBILES 2019
Enero: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 7: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Andalucía, de Aragón, del Principado de Asturias, de Canarias, de Extremadura, de la Región de Murcia, así como en la Comunidad de Castilla y León, en la Comunidad de Madrid, en la Comunidad Foral de Navarra, en la Ciudad de Ceuta y en la Ciudad de Melilla.
Febrero: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 28: Inhábil en la CC.AA. de Andalucía.
Marzo: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 1: Inhábil en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Día 19: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Galicia, de la Región de Murcia, del País Vasco, así como en la Comunitat Valenciana y en la Comunidad Foral de Navarra.
Abril: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 18: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Andalucía, de Aragón, del Principado de Asturias, de las Illes Balears, de Canarias, de Cantabria, de Castilla-La Mancha, de Extremadura, de Galicia, de la Región de Murcia, del País Vasco, de La Rioja, así como en la Comunidad de Castilla y León, en la Comunidad de Madrid, en la Comunidad Foral de Navarra, en la Ciudad de Ceuta y en la Ciudad de Melilla.
Día 19: Inhábil en todo el territorio Nacional
Día 22: Inhábil en las Comunidades Autónomas de las Illes Balears, de Cantabria, de Castilla-La Mancha, de Cataluña, del País Vasco, de La Rioja, así como en la Comunitat Valenciana y en la Comunidad Foral de Navarra.
Día 23: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Aragón y en la Comunidad de Castilla y León.
Mayo: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 2: Inhábil en la CC.AA. de Madrid.
Día 17: Inhábil en la CC.AA. de Galicia.
Día 30: Inhábil en la CC.AA. de Canarias.
Día 31: Inhábil en la CC.AA. de Castilla-La Mancha.
Junio: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 10: Inhábil en las Comunidades Autónomas de la Región de Murcia y de La Rioja.
Día 20: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Día 24: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cataluña y en la Comunitat Valenciana.
Julio: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 25: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Cantabria, de Galicia y del País Vasco.
Agosto: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 12: Inhábil en la Ciudad de Ceuta y en la Ciudad de Melilla.
Día 15: Inhábil en todo el territorio nacional.
Septiembre: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 2: Inhábil en la Ciudad de Ceuta.
Día 9: Inhábil en las Comunidades Autónomas del Principado de Asturias y de Extremadura.
Día 11: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cataluña.
Octubre: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 9: Inhábil en la CC.AA. de Valencia.
Día 12: Inhábil en todo el territorio nacional.
Noviembre: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.
Diciembre: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 6: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 9: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Andalucía, de Aragón, del Principado de Asturias, de Cantabria, de Extremadura, de La Rioja, así como en la Comunidad de Castilla y León, en la Comunidad de Madrid y en la Ciudad de Melilla.
Día 25: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 26: Inhábil en las Comunidades Autónomas de las Illes Balears y de Cataluña.
CANARIAS
En la Comunidad Autónoma de Canarias, el Decreto 99/2018, de 2 de julio, por el que se determina el Calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2019 («BOC» de 10-07-2018) dispone que: «En las islas de El Hierro, Fuerteventura, Gran Canaria, La Gomera, La Palma, Lanzarote y Tenerife, las fiestas laborales serán, además, las siguientes: en El Hierro: el 24 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de los Reyes; en Fuerteventura: el 20 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de la Peña; en Gran Canaria: el 9 de septiembre, lunes posterior a la festividad de Nuestra Señora del Pino; en La Gomera; el 7 de octubre, festividad de Nuestra Señora de Guadalupe; en La Palma: el 5 de agosto, festividad de Nuestra Señora de Las Nieves; en Lanzarote: el 16 de septiembre, lunes posterior a la festividad de Nuestra Señora de los Dolores; en Tenerife: el 2 de febrero, festividad de la Virgen de Candelaria».
CATALUÑA
En la Comunidad Autónoma de Cataluña, la Orden TSF/134/2018, de 30 de julio, por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales en Cataluña para el año 2019 («DOGC» de 2 de agosto de 2018) dispone que: «En el territorio de Arán, de acuerdo con el Decreto 152/1997, de 25 de junio, y el Decreto 146/1998, de 23 de junio, que modifican el Decreto 177/1980, de 3 de octubre, sobre el calendario de fiestas fijas y suplentes, la fiesta del día 26 de diciembre (San Esteban) queda sustituida por la de 17 de junio (Fiesta de Arán)».
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