En una reciente resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), número 1744/2022 del 18 de marzo de 2024, se ha aclarado el plazo para calcular la caducidad del derecho a deducir el IVA. Es importante entender tanto el período para ejercer este derecho como los requisitos necesarios para aplicarlo correctamente.
Inicio del cómputo del plazo
La resolución del TEAC diferencia claramente entre el «nacimiento del derecho a deducir» y su «ejercicio». El punto de inicio para contar el plazo de caducidad, conocido como dies a quo, se establece en el momento en que nace el derecho, es decir, cuando las cuotas deducibles se devengan.
Ejercicio del derecho a deducir
Este derecho solo puede ejercerse en la declaración-liquidación correspondiente al período en el que el titular ha soportado las cuotas deducibles, o en declaraciones de períodos sucesivos, siempre y cuando no hayan pasado cuatro años desde el nacimiento del derecho.
Apoyo en la jurisprudencia europea
El TEAC respalda su decisión con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que establece que el derecho a deducir el IVA nace al mismo tiempo que el impuesto es exigible. Para ejercer este derecho, se deben cumplir ciertos requisitos, como ser empresario o profesional y que los bienes o servicios adquiridos se destinen a operaciones comerciales específicas.
Implicaciones para las empresas
Dada esta aclaración, las empresas deben ajustar su contabilidad y las declaraciones de IVA para cumplir con los plazos de deducción, evitando así la caducidad del derecho.
A tener en cuenta:
- Identificar la fecha correcta: Asegurarse de identificar correctamente la fecha en que las cuotas deducibles se devengan.
- Ejercer el derecho a tiempo: Realizar la deducción en la declaración del período en que se soportaron las cuotas o dentro de los cuatro años siguientes.
- Cumplir los requisitos: Verificar que se cumplen todos los requisitos subjetivos y objetivos para la deducción.
- Mantener documentación adecuada: Conservar facturas y otros documentos que justifiquen el derecho a deducir.
Ante cualquier duda o necesidad de aclaración, es recomendable consultar con un asesor fiscal para garantizar la correcta aplicación de estas normas.
Suscríbete y recibe cada jueves nuestro boletín semanal de noticias.