Una sentencia clave de mayo de 2025 puede abrir la puerta a nuevas reclamaciones por parte de padres pensionistas. Te explicamos qué ha dicho el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y cómo afecta a quienes solicitaron el complemento de pensión por hijos tras 2021.
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¿Qué ha resuelto el TJUE?
El 15 de mayo de 2025, el TJUE se pronunció en los asuntos acumulados C-623/23 y C-626/23 sobre el complemento para reducir la brecha de género en las pensiones contributivas.
Este complemento, introducido en 2016 para las mujeres con dos o más hijos, fue modificado en 2021 tras una sentencia anterior del TJUE que lo consideraba discriminatorio al excluir a los hombres. Sin embargo, desde entonces se exige a los hombres cumplir requisitos adicionales, como demostrar que su carrera profesional se vio afectada por la paternidad o tener bases de cotización más bajas que la madre.
El TJUE ahora concluye que esta nueva versión sigue siendo discriminatoria.
Claves de la sentencia
- Discriminación directa por razón de sexo:
Las mujeres acceden automáticamente al complemento; los hombres no, aunque estén en situaciones similares.
- No es una acción positiva válida:
No se puede presumir que todas las mujeres sufrieron un perjuicio sin necesidad de acreditarlo, mientras se exige a los hombres que lo demuestren.
- No se justifica por la protección de la maternidad:
El complemento no está vinculado directamente al cuidado de los hijos ni al permiso por maternidad.
¿A quién afecta esta sentencia?
La resolución abre la posibilidad de reclamar a muchos padres a los que se les denegó el complemento desde 2021 por no cumplir los requisitos adicionales.
Es importante señalar que no se trata de una sentencia sobre atrasos de 2016 a 2021, como en otras ocasiones. Esta vez, el foco está en los hombres excluidos del nuevo sistema vigente desde 2021.
Casos anteriores ya ganados por ASEC
En nuestro despacho ya hemos ayudado con éxito a numerosos clientes a obtener este complemento:
¿Pueden cobrar el complemento ambos progenitores?
Una de las preguntas que deja abierta la sentencia es si ambos progenitores pueden cobrarlo o si solo se concederá a quien tenga la pensión más baja.
El TJUE no lo impide, pero deja en manos del derecho nacional decidir cómo aplicarlo. Lo que sí aclara es que, si se concede al padre, puede suprimirse en la pensión de la madre si así lo prevé la normativa española.
Nuestra valoración como expertos
En ASEC creemos que esta sentencia confirma que la igualdad formal no basta. Las medidas de protección deben ser razonables y proporcionadas, sin convertir en privilegio automático lo que debería ser una compensación justificada.
¿Te lo denegaron tras 2021? Ahora podrías reclamar
Si solicitaste el complemento y te lo denegaron por no cumplir los requisitos exigidos a los hombres, ahora puedes tener derecho a reclamarlo.
Envíanos tu caso y nuestro equipo especializado lo estudiará sin compromiso.
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