En Asec Asesoría, entendemos que el cierre del ejercicio fiscal y contable requiere una correcta planificación para garantizar el cumplimiento normativo. Una de las cuestiones más relevantes para las empresas que ofrecen garantías en sus productos o servicios es el cálculo y la dotación de la provisión por garantías.
Esta provisión permite reflejar en sus cuentas un pasivo asociado a futuras obligaciones derivadas de reparaciones, devoluciones o sustituciones. En este artículo, le explicamos paso a paso cómo calcularla y aplicarla, asegurando que sus estados financieros reflejen la realidad económica de su empresa.
Índice de contenidos
¿Qué es la provisión por garantías?
La provisión por garantías es una de las partidas más significativas en las provisiones para gastos. Si su empresa ofrece garantías en la venta de bienes o servicios, esta provisión le permite anticiparse a los gastos futuros derivados de dichas garantías, como reparaciones, devoluciones o sustituciones.
Al cierre del ejercicio, dotar correctamente esta provisión no solo es una obligación contable, sino que también puede tener implicaciones fiscales importantes.
Cómo calcular la provisión por garantías
El cálculo de esta provisión se basa en los gastos medios derivados de garantías y el volumen de ventas con garantía activa. Siga estos pasos:
1. Determine el porcentaje medio de gastos por garantías
- Ventas y gastos medios: Sume las ventas sujetas a garantía y los gastos derivados (reparaciones, devoluciones, sustituciones) de los últimos tres ejercicios.
- Porcentaje: Divida el total de gastos por el total de ventas para obtener el porcentaje medio.
2. Calcule las ventas con garantía viva
- Identifique las ventas sujetas a garantía que estén activas al cierre del ejercicio (por ejemplo, para una garantía de dos años, considere las ventas de 2023 y 2024).
3. Estime la provisión final
- Multiplique las ventas con garantía viva por el porcentaje calculado en el paso anterior.
Ejemplo práctico
Al cierre del ejercicio 2024, los datos de su empresa son los siguientes:
Ejercicio | Ventas (€) | Gastos por garantías (€) |
---|---|---|
2022 | 1.200.000 | 13.000 |
2023 | 1.700.000 | 23.000 |
2024 | 1.900.000 | 25.500 |
Cálculo paso a paso:
- Porcentaje medio:
- Ventas totales: 4.800.000 €
- Gastos totales: 61.500 €
- Porcentaje medio: (61.500 / 4.800.000) × 100 = 1,2813%.
- Ventas con garantía viva:
- Ventas 2023 y 2024: 1.700.000 € + 1.900.000 € = 3.600.000 €.
- Provisión final:
- Provisión: 3.600.000 × 1,2813% = 46.127 €.
Limitaciones fiscales a considerar
Es importante tener en cuenta que no todas las provisiones contables son deducibles fiscalmente. Por ejemplo, la provisión por retirada de obra y garantías implícitas o tácitas. Aunque su dotación sea correcta desde el punto de vista contable, no es fiscalmente deducible, según la Resolución del TEAC de 16 de enero de 2019, al tratarse de obligaciones no expresamente reconocidas.
Recuerde que es importante revisar y dotar correctamente las provisiones al cierre del ejercicio es esencial para cumplir con la normativa fiscal y contable vigente.
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