Como todos los años por estas fechas, Hacienda abre sus puertas para que todos los contribuyentes aclaren sus cuentas y presenten, en su caso, las declaraciones de Renta y Patrimonio
Formas de presentación:
Las declaraciones se deben presentar, por vía electrónica a través de Internet, entre los días 2 de abril y 1 de julio de 2019, ambos inclusive. En el caso de domiciliación bancaria de la declaración del IRPF/IP: desde el 2 de abril hasta el 26 de junio de 2019, ambos inclusive, excepto que se opte por domiciliar únicamente el segundo plazo del IRPF: hasta el 1 de julio de 2019. Al igual que en ejercicios anteriores, los contribuyentes que presenten declaración por el Patrimonio también deben utilizar la vía electrónica, o, en su caso, la vía telefónica, para la presentación de la declaración del IRPF o para la confirmación del borrador de la misma, según proceda. Además, se mantiene la aplicación para dispositivos móviles que se puso en marcha el año pasado.
Como novedad para este ejercicio 2018, desaparece la posibilidad de presentar la declaración a través del papel impreso generado a través del Servicio de tramitación del borrador/declaración de la AEAT.
En caso de fraccionar el pago del IRPF en dos plazos, el segundo debe ingresarse, como máximo, el día 5 de noviembre de 2019.
Fechas que no debe olvidar:
- 15-03-2019 Consulta de datos fiscales. Obtención del número de referencia. Suscripción a la app «Agencia Tributaria»
- 02-04-2019 Inicio de la presentación de declaraciones de Renta y Patrimonio 2018
- 26-06-2019 Fecha límite de domiciliación bancaria de declaraciones a ingresar
- 01-07-2019 Último día para presentar sus declaraciones de Renta 2018 y Patrimonio 2018
- 05-11-2019 Último día para realizar el ingreso del segundo plazo de Renta
El plazo de presentación de las declaraciones del Impuesto sobre el Patrimonio (IP) será también el comprendido entre los días 2 de abril y 1 de julio de 2019, ambos inclusive, excepto en el caso de domiciliación bancaria de las declaraciones que será desde el 2 de abril hasta el 26 de junio de 2019, ambos inclusive.
Es obligatoria la presentación por vía electrónica para los contribuyentes del IRPF obligados a presentar el Impuesto sobre el Patrimonio (la presentación de la declaración correspondiente a este impuesto deberá efectuarse obligatoriamente a través de Internet).
En caso de fraccionar el pago del IRPF en dos plazos, el segundo debe ingresarse, como máximo, el día 5 de noviembre de 2019.
Con el fin de poderle ofrecer un mejor servicio, le rogamos que prepare a la mayor brevedad posible la documentación precisa y solicite día y hora para poderla analizar conjuntamente.
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