El Consejo de Ministros aprobará este viernes 28 de febrero de 2014 una importante rebaja de las cotizaciones sociales por contingencias comunes para los nuevos contratos estables de trabajadores formalizados a partir del 25 de febrero, a los que se aplicará una tarifa plana de 100 euros durante 24 meses.
[info_box]Los principales requisitos para tener derecho a esta rebaja de las cotizaciones por contingencias comunes son:
1) Será imprescindible que esa nueva contratación suponga creación neta de empleo en la empresa (no valdrá despedir a unos trabajadores para contratar a otros). La medida será aplicable independientemente de la edad del trabajador.
2) El empleo se deberá mantener al menos durante 3 años. En caso contrario, deberá devolver los beneficios obtenidos.
3) Las empresas para poder acogerse a esta medida no habrán podido realizar despidos colectivos ni despidos individuales que sean declarados improcedentes en los seis meses anteriores a la celebración de los nuevos contratos y deberá estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social.
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En el caso de un nuevo trabajador con un sueldo bruto anual de 20.000 euros, la cotización social será de 1.200 euros al año en lugar de 5.700 euros. Es decir significaría «una rebaja del 75%».
Se sigue cotizando igual por el resto de contingencias:
La regulación no afecta a la aportación del trabajador ni a la aportación empresarial por el resto de contingencias (desempleo, FOGASA y Formación profesional), respecto de las cuales se aplicarán las reglas ya vigentes de cotización. Tampoco tendrá impacto en la cuantía de las prestaciones económicas a las que puedan tener derecho los trabajadores, que se calcularán aplicando el importe íntegro de la base de cotización.
Además el gobierno acometerá una reforma fiscal a partir del 2015 que destacará por la no tributación de los sueldos de menos de 12.000 euros al año, es decir, no pagarán IRPF.
Se ha anunciado una elevación “significativa” de los mínimos personales y por hijos en el IRPF, así como de los vinculados a ascendientes y personas con discapacidad que convivan con el contribuyente, es decir, que se mejorarán las deducciones fiscales para las familias, con ventajas para las que tengan hijos o convivan con ascendientes discapacitados.
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