València, 17 de octubre de 2023 – Una reciente decisión de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha marcado un hito legal al afirmar que el complemento por maternidad no prescribe. Esta sentencia ha permitido a un jubilado residente en Alicante aplicar la retroactividad total del complemento desde 2016, recuperando así una suma significativa de dinero, aproximadamente 19,776.06 euros. Este fallo tiene implicaciones profundas y establece un nuevo estándar para casos similares.
Detalles del caso: Jubilado recupera importante suma de dinero por retroactividad del complemento por maternidad
En una reciente sentencia, la Sala de lo Social del TSJCV ha confirmado que el complemento por maternidad no está sujeto a prescripción. A pesar de la oposición del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que argumentaba que el derecho había prescrito debido al transcurso de más de 5 años, el tribunal sostuvo que el complemento es imprescriptible según el artículo 212 de la LGSS.
Esta decisión resulta en que el jubilado recuperará cerca de 20,000 euros por retroactividad total. Esta cifra se calculará desde la fecha de su jubilación hasta la fecha establecida por la sentencia de instancia. Como resultado de esta victoria legal, el jubilado disfrutará de un aumento vitalicio del 10 % en su pensión.
Reacciones a la decisión del TSJCV y su importancia
Este fallo ha sido recibido con elogios por parte de expertos legales, quienes consideran que establece un precedente claro para futuros casos en la Comunitat Valenciana y posiblemente en otras regiones también. La sentencia no solo beneficia al jubilado involucrado, sino que también brinda esperanza a otros beneficiarios del complemento por maternidad en situaciones similares, mostrando que sus derechos están protegidos por ley.
ᐅ ¡Actualidad 12/03/2024! El Tribunal Supremo sentencia que no hay prescripción en el complemento de maternidad para los jubilados.
¿Qué significa esto para usted?
Si usted es pensionista entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, no se preocupe si el INSS le desestima la reclamación por PRESCRIPCIÓN, alegando que han transcurrido más de cinco años desde el reconocimiento de su pensión y la solicitud realizada, ya que el cómputo de la prescripción empieza a computar desde diciembre de 2019, fecha en el que se pronunció el TRIBUNAL DE JUSTICIA EUROPEO (TJE), por lo tanto, no desista en su intento y lleve a los tribunales sociales su solicitud para que le reconozcan con carácter retroactivo el cobro del complemento de maternidad.
¿Cómo podemos ayudarle?
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