El Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023, actualmente pendiente su aprobación por el Senado para su aplicación a partir del 1 de enero de 2023, incluye diversas medidas labores, que a continuación les informamos.
En concreto, estas son las principales cuestiones laborales contenidas en el Proyecto:
En materia de pensiones
Para el ejercicio 2023 se establece una revalorización media de las pensiones igual al incremento del IPC entre los meses de diciembre 2021 y noviembre de 2022 que no van a poder superar el límite máximo fijado para el año 2022 (2.819,18 €/mes) incrementado en el mismo porcentaje que experimente el IPC entre los meses de diciembre 2021 y noviembre de 2022.El límite de ingresos para percibir los complementos por mínimos se fija en 7.939,00 euros/año incrementado en el mismo porcentaje que experimente el IPC entre los meses de diciembre 2021 y noviembre de 2022.
⇒ Más información sobre la revalorización de las pensiones 2023
Prestación de desempleo
El importe de la prestación, a partir del día 181 se incrementa hasta el 60% de la base reguladora (antes 50%).
Cotización en el Régimen General de Seguridad Social
- Aplicación del mecanismo de equidad intergeneracional. Supone la aplicación un 0,6% (0,5% empresario, 0,1% trabajador) a la base de cotización por contingencias comunes en todas las situaciones de alta o asimiladas a la de alta en el sistema de la Seguridad Social en las que exista obligación de cotizar para la cobertura de la pensión de jubilación.
- Fijación del tope máximo de la base de cotización en 4.495,50 €/mes. El tope mínimo queda pendiente de la aprobación del SMI ya que su cuantía es equivalente al SMI vigente en cada momento, incrementado en 1/6.
- Se mantienen los tipos de cotización
- En los contratos para la formación y el aprendizaje y en los contratos de formación en alternancia, las cuotas únicas por cada día trabajado, aplicables a partir del 01/01/2023, serán las del año 2022 incrementadas en la misma proporción que lo haga el SMI para 2023.
Cotización en el Régimen Especial Trabajadores Autónomos
Se establecen las tablas reducida y general, vigentes en 2023, para la aplicación del nuevo sistema de cotización en función de los ingresos reales.
IPREM
Se incrementa en 3,6% quedando establecido en:
- Diario: 20 euros.
- Mensual: 600 euros.
- Anual: 8.400 o 7.200 euros si expresamente se excluyen las pagas extras.
Prorrogado el SMI de 2022
Hasta tanto se apruebe el real decreto por el que se fija el salario mínimo interprofesional para el año 2023 en el marco del diálogo social, en los términos establecidos en aquel, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 27 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores se prorroga la vigencia del salario mínimo interprofesional para 2022 (art. 100 del Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre)
Periodo |
Día |
14 pagas |
12 pagas |
Anual |
Personas trabajadoras eventuales y temporeras |
Empleados de hogar |
Desde 1 de enero de 2023 hasta la publicación del SMI 2023. |
33,33 euros |
1000 euros |
1.166,66 euros |
14.000 euros |
47,36 (por jornada legal en la actividad) |
7,82 euros (por hora efectivamente trabajada) |
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