El Impuesto sobre Sociedades (IS) introduce importantes cambios para 2025 con el objetivo de incentivar el crecimiento empresarial, fomentar la sostenibilidad y garantizar una tributación mínima efectiva. Estas modificaciones, recogidas en la Ley 7/2024 y el Real Decreto-ley 9/2024, afectan principalmente a micropymes, entidades de reducida dimensión y grupos multinacionales.
En este artículo detallamos todas las novedades del Impuesto sobre Sociedades para 2025 y cómo pueden impactar a las empresas.
Índice de contenidos
1. Nuevos tipos impositivos para micropymes
Se establecen tipos reducidos para las micropymes, que son aquellas empresas con ingresos netos inferiores a 1 millón de euros y que no sean entidades patrimoniales. A partir de 2025, estas empresas tributarán según la siguiente escala:
- 17%: Para la parte de la base imponible comprendida entre 0 y 50.000 €.
- 20%: Para el exceso sobre los 50.000 €.
OJO: El cambio de tipos impositivos para las micropymes (17% para los primeros 50.000 € y 20% para el exceso) entrará en vigor de manera definitiva en 2027. Sin embargo, para no implementar estos cambios de forma abrupta, se ha establecido un régimen transitorio que aplicará tipos intermedios durante los años 2025 y 2026.
Régimen transitorio para micropymes
En lugar de aplicar directamente los tipos definitivos (17% y 20%), las micropymes tributarán con tipos más altos durante los dos primeros años, pero más bajos que los actuales. La idea es ir reduciendo gradualmente el impuesto hasta alcanzar los tipos definitivos.
Escala de tipos intermedios para micropymes:
Año | Base imponible (hasta 50.000 €) | Base imponible (más de 50.000 €) |
---|---|---|
2025 | 21% | 22% |
2026 | 19% | 21% |
2027 | 17% | 20% |
Este régimen tiene como objetivo facilitar la transición hacia los nuevos tipos.
2. Incremento de la reserva de capitalización
A partir de 2025, el porcentaje de reducción por la reserva de capitalización aumenta significativamente. Las empresas podrán beneficiarse de una reducción del 20% (antes 10%) sobre el incremento de sus fondos propios.
Incentivos adicionales por aumento de plantilla
Si la empresa incrementa su plantilla media durante el ejercicio, los porcentajes de reducción serán mayores:
- 23%: Si el aumento es del 2% al 5%.
- 26,5%: Si el aumento es del 5% al 10%.
- 30%: Si el incremento supera el 10%.
El incremento de plantilla debe mantenerse durante 3 años consecutivos para beneficiarse de estos incentivos.
Límites de la reducción
- 20% de la base imponible o 25% si la facturación es inferior a 1 millón de euros.
- Las cantidades pendientes por insuficiencia de base imponible podrán aplicarse en los dos ejercicios siguientes.
3. Libertad de amortización para energías renovables
Con el objetivo de promover el autoconsumo energético y la sostenibilidad, se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2025 la libertad de amortización para inversiones en instalaciones que utilicen energías renovables.
Requisitos
- La instalación debe sustituir sistemas que utilicen combustibles fósiles.
- La inversión máxima que puede beneficiarse de esta medida es de 500.000 euros.
- Se exige el mantenimiento de la plantilla durante al menos 2 años para aplicar este incentivo.
4. Imposición mínima global del 15%
En línea con los acuerdos internacionales de la OCDE (Pilar 2), España implementará un impuesto complementario para garantizar una tributación mínima del 15% en grupos multinacionales y nacionales de gran tamaño.
¿A quién afecta esta medida?
Grupos multinacionales y nacionales con ingresos consolidados iguales o superiores a 750 millones de euros.
Estructura del impuesto:
- Impuesto Nacional: Aplica a las entidades constitutivas en España con rentas gravadas a un tipo efectivo inferior al 15%.
- Impuesto Primario: Grava las rentas de entidades extranjeras atribuidas a la matriz española si estas no alcanzan el tipo mínimo.
- Impuesto Secundario: Aplica cuando las reglas anteriores no son suficientes para garantizar el tipo mínimo.
Exclusiones:
Las jurisdicciones con ingresos inferiores a 10 millones de euros o beneficios menores a 1 millón de euros estarán exentas.
5. Reincorporación de medidas declaradas inconstitucionales
El Tribunal Constitucional declaró inconstitucionales ciertas medidas introducidas en 2016. En 2025, estas medidas se reincorporan al marco fiscal con los ajustes necesarios:
- Límites más restrictivos para compensar bases imponibles negativas (BIN):
- 70% para empresas con ingresos inferiores a 20 millones de euros.
- 50% para empresas con ingresos entre 20 y 60 millones.
- 25% para empresas con ingresos superiores a 60 millones.
- Deducción por doble imposición internacional: Se limita al 50% de la cuota íntegra para empresas con ingresos superiores a 20 millones de euros.
- Reversión de deterioros fiscales anteriores a 2013: Se deberán revertir en tres años consecutivos, comenzando en 2025.
6. Ampliación de restricciones en grupos fiscales
Para los grupos fiscales, se prorroga hasta 2025 la medida que limita la compensación de bases imponibles negativas al 50% de las bases individuales. Las cantidades no compensadas se podrán integrar de forma escalonada en los años siguientes.
Las novedades en el Impuesto sobre Sociedades para 2025 representan una oportunidad para muchas empresas, especialmente micropymes y entidades de reducida dimensión, de reducir su carga fiscal y beneficiarse de incentivos ligados al crecimiento y la sostenibilidad. Sin embargo, las nuevas normativas también imponen mayores controles y restricciones para garantizar la tributación mínima.
Si necesitas asesoramiento personalizado para aprovechar estas medidas, no dudes en contactar con nuestra asesoría fiscal.
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