El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) introduce importantes cambios para 2025, centrados en la lucha contra el fraude fiscal, la modernización de los procesos de facturación y la adaptación a las necesidades económicas actuales. Estas novedades están recogidas en la Ley 7/2024 y el Real Decreto-ley 9/2024, y afectan tanto a consumidores como a empresas y profesionales.
En este artículo te detallamos todas las novedades del IVA para 2025.
Índice de contenidos
1. Tipos reducidos: La leche fermentada al 4%
A partir de 2025, se incluye la leche fermentada (como yogures y kéfir) en el tipo reducido del 4%.
Esto supone una reducción en el coste final para el consumidor, pretendiendo fomentar el consumo de «productos lácteos beneficiosos para la salud».
Los productos beneficiados por este tipo reducido se detallarán en una normativa específica que asegurará la correcta aplicación del beneficio fiscal.
2. Medidas antifraude: Depósitos fiscales de carburantes
Para combatir el fraude en el mercado de carburantes y biocarburantes, se establecen nuevas obligaciones para los titulares y usuarios de depósitos fiscales:
Obligaciones principales:
- Garantía del IVA: Los últimos depositantes deberán garantizar el ingreso del IVA correspondiente mediante un aval o pago a cuenta antes de la salida del depósito.
- Operador confiable: Los operadores que acrediten ser «operadores económicos confiables» estarán exentos de esta obligación. Esta nueva figura requerirá una certificación específica que será regulada mediante orden ministerial.
Régimen transitorio:
Se concede un plazo de un mes desde la publicación de la normativa para que los operadores obtengan el reconocimiento de «operador confiable». Si no lo hacen, deberán presentar las garantías correspondientes.
Responsabilidad solidaria:
- Los titulares de depósitos fiscales serán responsables solidarios del IVA si permiten la extracción de productos sin cumplir los requisitos.
- La Administración podrá exigir el 110% del IVA correspondiente en caso de incumplimiento.
Estas medidas buscan cerrar las lagunas legales que facilitan el fraude en el sector de carburantes y garantizar la correcta recaudación del impuesto.
3. Facturación electrónica: Nuevas obligaciones
En 2025, se refuerzan las obligaciones en torno a la facturación electrónica, con el objetivo de aumentar la transparencia fiscal y la eficiencia en los procesos de facturación.
Cambios principales:
- Remisión de facturas a la solución pública: Las plataformas privadas deberán enviar una copia electrónica fiel de cada factura a la solución pública de facturación simultáneamente a su emisión.
- Comunicación del pago o rechazo de facturas: Los destinatarios (empresas o profesionales) deberán comunicar a la solución pública si han efectuado el pago completo de las facturas o si las rechazan.
- Conservación de datos: Se establecen nuevos requisitos para el almacenamiento y acceso a los datos relacionados con la facturación electrónica.
Estas medidas se aplican tanto a los empresarios y profesionales obligados a emitir facturas como a aquellos que reciben las mismas, garantizando la trazabilidad de las operaciones económicas.
4. Arrendamientos de viviendas de corta duración
El Gobierno impulsará la modificación de la Directiva armonizada del IVA en la Unión Europea para permitir la tributación de los arrendamientos turísticos en zonas donde este tipo de alojamientos:
- Dificultan el acceso a la vivienda para los residentes.
- Saturan las áreas turísticas, provocando desequilibrios económicos.
Obligaciones de las plataformas digitales:
- Las plataformas digitales, como Airbnb o Booking, serán responsables de la repercusión e ingreso del IVA en los arrendamientos de corta duración.
- Esto garantizará una recaudación más eficiente y reducirá la economía sumergida en este sector.
Dicen que estas medidas buscan equilibrar el mercado de viviendas en zonas con presión turística, favoreciendo a los residentes y controlando el impacto del turismo masivo. Veremos.
5. Régimen simplificado (Módulos) en el IVA
El régimen especial simplificado (módulos) se prorroga durante 2025 para facilitar el cumplimiento fiscal de pequeños empresarios y profesionales.
Límites cuantitativos para acogerse:
- Ingresos anuales máximos: 250.000 €.
- Operaciones con obligación de emitir factura: Máximo de 125.000 €.
- Volumen de compras y servicios: 250.000 €.
Plazo para renunciar o revocar módulos:
- Desde el 25 de diciembre de 2024 hasta el 31 de enero de 2025.
- Renuncias presentadas en diciembre de 2024 también serán válidas.
6. Declaraciones mensuales para depósitos fiscales
A partir de 2025, los titulares de depósitos fiscales deberán presentar declaraciones-liquidaciones mensuales del IVA, detallando:
- Movimientos de productos.
- Pagos realizados para garantizar el IVA.
Esta medida asegura un mayor control por parte de la Agencia Tributaria sobre los flujos de bienes sujetos a este impuesto.
Las novedades del IVA para 2025 reflejan la lucha contra el fraude fiscal, la modernización de la facturación y el equilibrio del mercado inmobiliario. Estas medidas afectan tanto a consumidores como a empresas y profesionales, por lo que es fundamental adaptarse a las nuevas normativas.
Si necesitas ayuda para implementar estas medidas o resolver dudas sobre su impacto, contacta con nuestra asesoría fiscal. Te ayudaremos a cumplir con tus obligaciones fiscales de manera eficiente.
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