En el ámbito fiscal, algunas resoluciones marcan un antes y un después. Es lo que ha ocurrido con el reciente criterio del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) en relación con el reconocimiento retroactivo de discapacidad y su impacto en la deducción por rendimientos del trabajo en el IRPF.
Índice de contenidos
- ¿Qué ocurre si te reconocen una discapacidad con efectos anteriores al certificado?
- Nuevo criterio del TEAC sobre la deducción por discapacidad en el IRPF
- ¿Cómo afecta esta resolución a tu declaración de la Renta?
- Fundamentos legales: lo que dice la ley (y lo que interpretaba Hacienda)
- Pasos para reclamar si te aplicaron mal la deducción por discapacidad
- ¿Necesitas ayuda para revisar o reclamar tu IRPF?
¿Qué ocurre si te reconocen una discapacidad con efectos anteriores al certificado?
En muchas ocasiones, el reconocimiento de discapacidad no coincide con la fecha de efectos que aparece en el certificado. Por ejemplo, puede que a una persona se le reconozca administrativamente una discapacidad en agosto, pero con efectos retroactivos desde enero del mismo año.
Hasta ahora, la Agencia Tributaria (AEAT) venía aplicando un criterio restrictivo: prorrateaba la deducción por discapacidad únicamente desde la fecha de reconocimiento hasta el final del ejercicio, ignorando por completo la retroactividad establecida en el certificado.
Esto provocaba que el contribuyente viera drásticamente reducida su deducción en el IRPF, incluso si llevaba meses cumpliendo las condiciones para aplicarla.
Nuevo criterio del TEAC sobre la deducción por discapacidad en el IRPF
El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), en su resolución del 22 de abril de 2025 (RG 1351/2024), ha fijado un nuevo criterio que desautoriza la interpretación de Hacienda.
El fallo establece que:
- Si la discapacidad se reconoce con efectos retroactivos dentro del ejercicio fiscal, la deducción por discapacidad en el IRPF no debe prorratearse.
- El contribuyente tiene derecho a aplicar la deducción completa desde la fecha de efectos reconocida, siempre que durante ese periodo haya obtenido rendimientos del trabajo como persona con discapacidad.
En otras palabras, la deducción se aplica íntegra desde el inicio de los efectos, y no desde la fecha del certificado.
¿Cómo afecta esta resolución a tu declaración de la Renta?
Este nuevo criterio puede tener impacto directo sobre muchas declaraciones presentadas en los últimos años, así como sobre las que están en preparación.
Si recibiste un certificado de discapacidad que reconoce efectos retroactivos dentro del ejercicio fiscal, y solo aplicaste parcialmente la deducción, podrías tener derecho a una rectificación de la autoliquidación y a recuperar cantidades pagadas en exceso.
Lo importante no es la fecha de emisión del certificado, sino la fecha de efectos fiscales que figure en el documento.
Fundamentos legales: lo que dice la ley (y lo que interpretaba Hacienda)
La Ley del IRPF, su reglamento y la normativa aplicable no imponen el prorrateo de la deducción por discapacidad. Sin embargo, la AEAT había interpretado que esta deducción debía calcularse en función del número de días en los que la discapacidad estuviera reconocida formalmente.
El TEAC, tras analizar la normativa y el espíritu de la deducción, concluye que esa interpretación es contraria al objetivo de la ley, que es compensar fiscalmente a quienes, pese a su discapacidad, siguen obteniendo rendimientos del trabajo.
Pasos para reclamar si te aplicaron mal la deducción por discapacidad
Si crees que esta resolución del TEAC puede beneficiarte, estos son los pasos que puedes seguir:
- Revisa tu certificado de discapacidad y confirma si incluye una fecha de efectos anterior a la fecha de resolución.
- Analiza tu declaración de la Renta del ejercicio afectado y comprueba si aplicaste la deducción por el total del periodo reconocido.
- Si no fue así, puedes presentar una solicitud de rectificación de la autoliquidación del IRPF y reclamar la devolución de ingresos indebidos.
- Acompaña tu solicitud con una justificación técnica adecuada, preferiblemente elaborada por un asesor especializado en renta.
Importante: Hacienda puede seguir aplicando su criterio anterior si no se presenta una reclamación fundamentada. No basta con simplemente modificar la casilla.
¿Necesitas ayuda para revisar o reclamar tu IRPF?
Desde nuestro despacho profesional podemos ayudarte a:
- Analizar si tienes derecho a aplicar la deducción completa por discapacidad con efectos retroactivos.
- Preparar y justificar técnicamente la rectificación de tu declaración de la Renta.
- Tramitar la reclamación ante la Agencia Tributaria, si procede.
No dejes pasar la oportunidad de recuperar lo que es tuyo. Contacta con nosotros y te asesoramos sin compromiso.
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