El 3 de abril de 2025 entrará en vigor la Ley Orgánica 1/2025, publicada en el BOE el pasado 3 de enero. Esta nueva normativa introduce cambios clave en el ámbito laboral, como:
- Nuevas reglas sobre indemnizaciones por despido.
- Protección ampliada para trabajadores en permisos por cuidado familiar.
- Agilización de los procedimientos judiciales mediante conciliaciones más rápidas y el uso de la oralidad en las sentencias.
Estas medidas buscan modernizar el sistema laboral y reforzar la seguridad jurídica, tanto para trabajadores como para empresas. A continuación, te explicamos en detalle los principales cambios.
1. Reformas en la Jurisdicción Social
a) Transformación de Juzgados Sociales en Tribunales de Instancia
- Se sustituye el modelo de juzgados unipersonales por tribunales de instancia, organizados en secciones como la de lo Social.
b) Impulso de la oralidad
- Se fomenta el uso de la oralidad en las sentencias, facilitando la emisión rápida de resoluciones y la notificación de las mismas. Este cambio está diseñado para acelerar los procedimientos judiciales y adaptarse a las exigencias de la realidad social.
c) Actos de conciliación
- Los letrados de la Administración de Justicia podrán:
- Proponer de oficio la conciliación si consideran que las partes pueden llegar a un acuerdo.
- Establecer una agenda doble para facilitar los acuerdos previos al juicio.
- Plazos:
- Las conciliaciones deberán celebrarse al menos 10 días después de la admisión de la demanda y con una antelación mínima de 30 días respecto a la vista.
d) Preparación de la prueba
Ampliación del plazo para solicitar diligencias preparatorias de pruebas: de 5 a 10 días antes de la vista.
Este cambio busca garantizar que los juzgados dispongan de tiempo suficiente para gestionar notificaciones y pruebas, especialmente documentales.
e) Modificación del recurso de casación
- Se introduce el concepto de interés casacional objetivo:
- Este criterio promueve la uniformidad en la interpretación de la normativa laboral y garantiza la formación de una jurisprudencia coherente.
2. Modificaciones en el Estatuto de los Trabajadores (ET)
La Ley Orgánica 1/2025 introduce cambios significativos en el Estatuto de los Trabajadores, centrados en dos áreas clave: la extinción del contrato por retrasos salariales y la protección ampliada para trabajadores que disfrutan permisos o adaptaciones de jornada.
a) Extinción del contrato por voluntad del trabajador (Artículo 50 ET)
Uno de los cambios más relevantes es la definición más clara de lo que se considera un retraso grave en el pago del salario. A partir de ahora, si el empleador incumple con el pago del salario pactado por un periodo superior a 15 días, este retraso puede ser considerado grave.
Además, se establecen nuevas condiciones que justifican la extinción del contrato de forma voluntaria por parte del trabajador:
- Impago recurrente: Se adeudan tres mensualidades completas en un año, aunque no sean consecutivas.
- Retrasos prolongados: Se producen retrasos en el pago del salario durante seis meses no consecutivos.
Estas medidas buscan garantizar que los trabajadores no se vean perjudicados por prácticas de pago irregulares, reforzando su protección ante incumplimientos graves.
b) Protección de trabajadores en permisos (Artículos 53.4.b y 55.5.b ET)
Por otro lado, la ley amplía la nulidad de despidos o extinciones que afecten a trabajadores en situaciones específicas. Esto incluye a quienes hayan solicitado o estén disfrutando de:
- Permisos por cuidado de familiares: Regulados por el artículo 37.3.b del Estatuto de los Trabajadores.
- Adaptaciones de jornada laboral: Previstas en el artículo 34.8 del mismo texto legal.
Con esta modificación, se refuerzan los derechos de aquellos trabajadores que ejercen su derecho a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, protegiéndolos frente a posibles represalias en forma de despido o extinción contractual.
3. Indemnizaciones por despido
- Se clarifica que las indemnizaciones por despido o cese no están exentas de IRPF si derivan de pactos, convenios o contratos privados.
- Sin embargo, las indemnizaciones acordadas ante un servicio administrativo como paso previo a la vía judicial sí podrán beneficiarse de la exención fiscal, garantizando mayor seguridad jurídica.
4. Fomento de la mediación y resolución de conflictos
Aunque las materias laborales están excluidas de los medios alternativos regulados en esta ley, se fomenta el uso de mecanismos como la negociación asistida y la mediación en el marco de su normativa específica.
Esto busca reducir la carga judicial y promover soluciones pactadas entre las partes.
5. Nuevas funciones en la Inspección de Trabajo
Los inspectores de trabajo podrán participar en actividades relacionadas con conflictos laborales, siempre que no sean permanentes, y estén vinculadas a sistemas autónomos de resolución de conflictos.
Estas actividades quedan exceptuadas del régimen general de incompatibilidades para funcionarios públicos.
La Ley Orgánica 1/2025 introduce cambios que reconfiguran aspectos clave del ámbito laboral, como los procesos judiciales, los derechos de los trabajadores y las indemnizaciones por despido. Aunque estas modificaciones buscan mayor claridad y eficiencia, también suponen nuevos retos para empresas y trabajadores, quienes deberán adaptarse a un marco normativo más exigente en un contexto laboral en constante transformación.
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