Le informamos que en el BOE del día 7 de febrero de 2024, se ha aprobado Real Decreto 145/2024 se fija el salario mínimo interprofesional (SMI) para 2024, que establece las cuantías que deberán regir entre el entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024, procediendo su abono, en consecuencia, con efectos desde 1 de enero de 2024.
Las nuevas cuantías, que representan un incremento del 5% respecto de las previstas en el Real Decreto 99/2023, de 14 de febrero, por el que se fijó el SMI para 2023, y cuyos efectos fueron prorrogados mediante el artículo 84 del Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, quedan fijadas en:
- 37,8 euros/día o 1.134 euros/mes, según el salario esté fijado por días o por meses, para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de las personas trabajadoras.
- 53,71 euros/jornada legal en la actividad para las personas trabajadoras eventuales y para las temporeras y temporeros cuyos servicios a una misma empresa no excedan de 120 días.
- 8,87 euros/hora efectivamente trabajada para las empleadas y empleados de hogar que trabajen por horas, en régimen externo.
Así, el SMI pasa de los 1.080 euros mensuales en 2023 a 1.134 euros mensuales en 2024 (en 14 pagas al año). Esto supone una subida anual de 15.120 euros (el pasado año) a 15.876 euros (para el año 2024).
Las cuantías para el SMI 2024 entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOE y surtirá efectos durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024, procediendo, en consecuencia, el abono del salario mínimo en el mismo establecido con efectos desde el 1 de enero de 2024.
Complementos salariales
Al salario mínimo se adicionarán, sirviendo el mismo como módulo, en su caso, y según lo establecido en los convenios colectivos y contratos de trabajo, los complementos salariales a que se refiere el artículo 26.3 del ET, así como el importe correspondiente al incremento garantizado sobre el salario a tiempo en la remuneración a prima o con incentivo a la producción.
Compensación y absorción
En lo referente a la compensación y la absorción no afectará a la estructura ni a la cuantía de los salarios profesionales que se viniesen percibiendo cuando estos, en conjunto y en cómputo anual, sean superiores al SMI. Para determinar esta comparación, se suma al SMI fijado para este año 2024 los complementos salariales, no pudiendo ser el resultado inferior a 15.876 euros anuales. Estas percepciones son compensables con los ingresos totales que las personas trabajadoras reciben en cómputo anual y jornada completa.
Preguntas frecuentes sobre el SMI
¿El Salario Mínimo Interprofesional es neto o bruto?
El Salario Mínimo Interprofesional se refiere al salario bruto de los trabajadores. Los 1.134 euros mensuales en 14 pagas representan el total de devengos de la nómina, y en caso de estar prorrateadas las pagas extras, serán 1.323 euros mensuales en 12 pagas.
¿Cuál es el salario mínimo de empleadas del hogar?
En el caso de empleadas y empleados del hogar que trabajen por horas, el salario mínimo será de 8,87 euros por hora efectivamente trabajada.
¿Cuándo entrará en vigor la subida del SMI 2024?
La subida del SMI comenzará su tramitación con la publicación en Audiencia e Información Pública. Posteriormente, el Real Decreto será aprobado en Consejo de Ministros.
El incremento que se apruebe en Consejo de Ministros se aplicará con carácter retroactivo al 1 de enero de 2024.
¿Cuánto ha subido el SMI en los últimos años?
En la anterior legislatura, el Gobierno elevó el Salario Mínimo Interprofesional desde los 735 euros hasta los 1.080 en 2023, un incremento del 47%.
Con la subida del SMI acordada para 2024, el SMI se incrementa en un 54% desde 2018. Esta cifra supone un incremento de 54 euros mensuales en 14 pagas, es decir, un total de 756 euros anuales.
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