Recientemente, el Tribunal Supremo, en su sentencia núm. 997/2024 de 9 de julio, ha determinado que los días de descanso semanal no pueden coincidir con los 14 festivos anuales sin que la empresa lo compense de manera adecuada. Esta resolución consolida los derechos de los trabajadores y establece una obligación clara para las empresas, que deberán garantizar el descanso efectivo de sus empleados.
¿Cómo afecta esta sentencia a las empresas?
El fallo del Tribunal Supremo impacta directamente en la organización de turnos y descansos, sobre todo en sectores con actividad continua durante festivos y fines de semana, como el comercio, la hostelería o la sanidad. Puntos clave de la sentencia:
Compensación obligatoria
Si el día de descanso semanal coincide con un festivo, la empresa debe compensar al trabajador de alguna de las siguientes maneras:
- Concediendo un descanso equivalente en otro día.
- Mediante una compensación económica, conforme a lo estipulado en el convenio colectivo aplicable.
Acuerdos internos insuficientes
Los acuerdos entre empresa y representantes de los trabajadores no eximen del deber de compensación. El Tribunal Supremo subraya que los convenios colectivos deben incluir mecanismos para evitar el solapamiento y garantizar el descanso efectivo.
Intervención de la Inspección de Trabajo
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social tiene competencias para fiscalizar el cumplimiento de esta norma y sancionar a las empresas que no respeten el derecho al descanso.
Obligaciones empresariales tras la sentencia
Las empresas deben adaptar sus políticas laborales para evitar sanciones. Desde nuestra asesoría laboral, recomendamos:
- Revisar el calendario laboral: Es fundamental planificar los turnos para evitar que el descanso semanal coincida con festivos, asegurando la compensación correspondiente cuando sea necesario.
- Actualizar convenios y acuerdos internos Si su empresa cuenta con acuerdos sobre el descanso semanal, es conveniente adaptarlos a la nueva jurisprudencia para evitar incumplimientos.
- Formación en normativa laboral: Es recomendable que Recursos Humanos y la dirección de la empresa estén al tanto de esta sentencia para gestionar adecuadamente las compensaciones.
Sanciones por incumplimiento
No compensar correctamente los festivos solapados con el descanso semanal puede suponer una infracción grave según la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), con multas que pueden oscilar entre 751 y 7.500 euros, dependiendo del número de trabajadores afectados.
Asesoramiento laboral especializado
Si su empresa necesita asesoramiento para adaptar su calendario laboral, revisar su convenio colectivo o evitar sanciones, nuestro equipo de expertos en derecho laboral está a su disposición.
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