El Gobierno ha aprobado un ambicioso Proyecto de Ley laboral que reduce la jornada máxima semanal a 37,5 horas sin pérdida salarial. Pero esto es solo el principio: también se endurecen sanciones, se impone el registro digital obligatorio de jornada y se refuerza el derecho a la desconexión digital de los trabajadores.
Este nuevo marco legal, aún en trámite parlamentario, transformará la forma en la que las empresas gestionan el tiempo de trabajo, la comunicación interna y sus contratos laborales.
Índice de contenidos
- ¿Qué establece el nuevo Proyecto de Ley laboral?
- Registro horario digital: obligatorio y auditado
- Derecho a la desconexión digital: obligatorio y sin excepciones
- Contratos a tiempo parcial: se redefinen
- Sanciones más severas por incumplimientos
- Servicio del hogar familiar: también entra en la reforma
- Tabla resumen: lo que cambia y lo que debe hacer tu empresa
- ¿Cuándo entra en vigor?
- ¿Está preparada tu empresa?
¿Qué establece el nuevo Proyecto de Ley laboral?
El 6 de mayo de 2025, el Consejo de Ministros aprobó el Proyecto de Ley para la reducción de la jornada ordinaria, el registro horario y la garantía del derecho a la desconexión digital. Actualmente, está en tramitación en el Congreso (Serie A, número 58-1).
El corazón de la reforma está en el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores, que fija la nueva jornada laboral máxima en 37,5 horas semanales en cómputo anual, sin afectar al salario. Esta medida tiene como objetivo:
- Fomentar la conciliación familiar
- Mejorar la salud mental de los trabajadores
- Adaptarse a un modelo laboral más sostenible y equilibrado
Registro horario digital: obligatorio y auditado
Uno de los cambios más relevantes es la reforma del artículo 34 bis del ET, que exige a todas las empresas implantar un registro digital de jornada, con estas condiciones:
- Objetivo y fiable
- Accesible en remoto por la Inspección de Trabajo
- Conservación durante 4 años
- Datos legibles e íntegros
Importante: Si la empresa no dispone de este sistema o manipula los registros, la jornada que declare el trabajador se presumirá como cierta.
Las empresas tendrán 6 meses desde la publicación en el BOE para implementar este nuevo sistema digital. Los aspectos de interoperabilidad quedarán sujetos a desarrollo reglamentario posterior.
Derecho a la desconexión digital: obligatorio y sin excepciones
Los artículos 20 bis del ET y el 18 de la Ley 10/2021 de trabajo a distancia se reformulan para blindar el derecho a la desconexión digital. Esto implica:
- No se puede obligar a responder fuera del horario laboral
- No atender correos o mensajes fuera de jornada no será sancionable
- Solo serán admisibles excepciones justificadas, proporcionales y puntuales
✅ Este derecho aplica a todos los trabajadores, no solo a los que teletrabajan, y exige un cambio profundo en la cultura organizativa.
Contratos a tiempo parcial: se redefinen
También se modifica el artículo 12 del Estatuto de los Trabajadores:
- Los contratos a tiempo parcial se integran en el régimen general de jornada.
- Si superan las 37,5 horas semanales, se transformarán automáticamente en contratos a jornada completa.
- Se revisan los coeficientes de parcialidad y la proporcionalidad salarial.
Esta medida busca evitar fraudes en la contratación parcial, un modelo que a menudo ha servido para encubrir jornadas completas con salarios reducidos.
Sanciones más severas por incumplimientos
La reforma de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social endurece las consecuencias:
- El incumplimiento de la jornada o del registro digital será infracción grave
- Las multas serán por cada trabajador afectado
- Las sanciones podrán alcanzar hasta 10.000 € por persona trabajadora
El objetivo es claro: hacer cumplir la ley con consecuencias reales y disuasorias.
Servicio del hogar familiar: también entra en la reforma
El Real Decreto 1620/2011, que regula el empleo en el hogar familiar, se adapta al nuevo marco. Aunque se prevé cierta flexibilidad, las empleadas del hogar también tendrán:
- Derecho a una jornada máxima clara
- Obligación de registro horario (adaptado a la realidad del hogar)
- Mayor protección frente a excesos de jornada
Tabla resumen: lo que cambia y lo que debe hacer tu empresa
Aspecto | Cambio Legal | Acción Requerida en la Empresa |
---|---|---|
Jornada semanal | Reducción a 37,5 h (cómputo anual, sin pérdida salarial) | Revisión de horarios y convenios colectivos |
Registro horario | Obligatorio, digital, accesible y conservado 4 años | Implantar software de control horario antes de 6 meses |
Desconexión digital | Derecho irrenunciable y sin sanciones por no responder fuera de horario | Redefinir comunicaciones internas y protocolos de urgencia |
Contratos parciales | Transformación a jornada completa si superan 37,5 h/semana | Auditar contratos y corregir irregularidades |
Sanciones laborales | Hasta 10.000 € por trabajador en caso de incumplimiento | Formación, control y cumplimiento estricto |
¿Cuándo entra en vigor?
La nueva ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, pero con plazos transitorios clave:
- Registro digital obligatorio: 6 meses después
- Convenios colectivos con jornadas superiores: adaptación antes del 31/12/2025
- Empresas sin convenio: negociación obligatoria también antes del 31/12/2025
- Contratos parciales con más de 37,5 h: conversión automática a jornada completa
¿Está preparada tu empresa?
La jornada laboral ya no es solo una cifra, sino un reflejo del modelo empresarial, de la cultura organizativa y del respeto al tiempo de los demás. Esta reforma, aún pendiente de aprobación final, implica cambios estructurales y legales que no se pueden postergar.
Si necesitas adaptar tu empresa a esta nueva normativa o resolver dudas sobre cómo implantar el registro horario digital o renegociar convenios, nuestro equipo puede ayudarte.
✅ Solicita una revisión de tus contratos, protocolos y sistemas antes de que entre en vigor la nueva ley.
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