A continuación les detallamos los cambios mas relevantes del modelo 347 correspondiente al ejercicio 2014 a presentar en este mes de febrero.
- Se amplia el ambito de los obligados:
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- Pasan a incluirse como obligados a presentar la declaración las comunidades de bienes en régimen de propiedad horizontalasí como determinadas entidades o establecimientos de carácter social (art. 20.Tres LIVA), por las adquisiciones en general de bienes o servicios que efectúen al margen de las actividades empresariales o profesionales, incluso aunque no realicen actividades de esta naturaleza.[/list_with_icons]
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- Los sujetos pasivos acogidos al régimen simplificado del IVA deberán suministrar información no sólo de las operaciones por las que emitan factura sino también de aquellas por las que reciban factura y estén anotadas en el Libro Registro de facturas recibidas.[/list_with_icons][list_with_icons icon=»green_check»]
- Las distintas AA. PP. deberán relacionar a todas aquellas personas o entidades a quienes hayan satisfecho subvenciones, auxilios o ayudas, cualquiera que sea su importe.[/list_with_icons]
- Los sujetos pasivos acogidos al régimen simplificado del IVA deberán suministrar información no sólo de las operaciones por las que emitan factura sino también de aquellas por las que reciban factura y estén anotadas en el Libro Registro de facturas recibidas.[/list_with_icons][list_with_icons icon=»green_check»]
- Se deberá cumplimentar de forma separada de otras operaciones:
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- Las Operaciones incluidas en el régimen especial del criterio de caja (RECC).[/list_with_icons][list_with_icons icon=»green_check»]
- Operaciones con inversión del sujeto pasivo (artículo 84.Uno.2º LIVA).[/list_with_icons][list_with_icons icon=»green_check»]
- Operaciones con bienes vinculados o destinados a vincularse al régimen de depósito distinto del aduanero exentas del IVA(apartado quinto del Anexo LIVA).[/list_with_icons]
- Operaciones con inversión del sujeto pasivo (artículo 84.Uno.2º LIVA).[/list_with_icons][list_with_icons icon=»green_check»]
- Las Operaciones incluidas en el régimen especial del criterio de caja (RECC).[/list_with_icons][list_with_icons icon=»green_check»]
- Por otra parte:
- Se incorpora un nuevo campo de identificación del declarado para consignar el NIF-IVA en el caso de empresarios o profesionales establecidos en otro Estado miembro que carezcan de NIF.[/list_with_icons]
Asec Asesoria – 03/02/2015
[warning_box]Les recordamos que el plazo de presentación para el modelo 347 acaba el 2 de marzo. ¿Problemas con en modelo? ¿Le ayudamos? Contacta con nosotros.[/warning_box]
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